A- de 2023
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Ministerio De Educacion Nacional Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Garcia De Castaño Gloria Sofia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado Sexto Civil Municipal de la misma ciudad.
La controversia se dio con ocasión de una solicitud de ejecución de sentencias por parte del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, en contra de un particular, con el fin de que se libre mandamiento de pago sobre las costas procesales de un proceso anterior en la jurisdicción contencioso administrativa.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reiteró la regla de decisión del auto 008/22, donde afirma que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Manizales, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito de Manizales conocer la solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por la FIDUPREVISORA contra la señora Gloria Sofía García de Castaño.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2088 al Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito de Manizales para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de la misma ciudad, así como a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.